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La víctima de abuso sexual grupal en Chubut fue «maltratada» por el tribunal, aseguran sus abogadas

en Nacionales/Sociedad

Las abogadas que ejercieron la querella en el juicio que tuvo como acusados a tres jóvenes por abuso sexual grupal del que fueron absueltos el sábado, denunciaron hoy que la víctima fue «maltratada por las juezas» Ana Karina Breckle, Marcela Alejandra Pérez y María Laura Martini.

Mediante un extenso escrito, las penalistas destacan que «ella (por M.S. de 26 años) declaró al momento de hacer la denuncia y se sometió a una pericia durante tres días de 6 horas cada jornada, ante 7 peritos de los defensores y la fiscalía, y debió responder más de 567 preguntas y a evaluaciones sobre su personalidad».

Como contraste, según el escrito, «los imputados (Luciano Mallemaci, Exequiel Quintana y Leandro del Villar) jamás se sometieron a ninguna pericia ni respondieron a ninguna pregunta».

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Además, señalaron un pacto de silencio entre los que asistieron a la fiesta en septiembre de 2012 en Playa Unión donde ocurrieron los hechos denunciados, en el que «todos los varones que tenían entre 16 y 22 años se ampararon en el tiempo para no recordar nada o algo que los beneficiara a ellos y a los imputados».

En cambio «todas las mujeres que declararon fueron sometidas a interrogatorios violentos por más de 2 horas» y cuando las abogadas se oponían «las juezas repetían: estas son las reglas del debate, debe responder».

Las letradas sostuvieron que «una testigo que se quejó ante las juezas porque las preguntas están hechas para tergiversar, y ante la pregunta de ¿por qué tengo que contestar eso? recibió como respuesta un ‘conteste señorita’”.

«Ellos -los acusados- declararon ante las juezas y dijeron lo que quisieron sin responder a ninguna pregunta y también dijeron sus últimas palabras», afirmaron.

Como contrapartida, «ella (por M.S.) se presentó ante el tribunal para decir sus últimas palabras, para ser escuchada por primera vez ante las juezas. Pedimos que se retiraran los imputados de la sala. Los abogados se quejaron y las juezas deliberaron para decidir si hacían lugar a nuestro pedido cuando está expresamente establecido en la ley».

La abogadas consideran que «está más vigente que nunca en el proceso penal los estereotipos, la misoginia, la Iglesia, el clasismo, el patriarcado, todo en su máxima expresión».

«Escuchamos: ‘desahogo sexual’, ‘la vida sexual posterior es un indicio’, ‘si no se investiga la vida sexual de la que denuncia abuso no se puede hacer el juicio’, ‘como dice el Génesis’, ‘como dice Mateo 18′», reprodujeron las querellantes para graficar las frases alusivas a los defensores.

El juicio fue oral pero no público y se mantuvo bajo estricta reserva por disposición del tribunal, por lo que no se conocieron detalles del debate.

Sin embargo en el escrito difundido por las abogadas surge que la joven fue abusada mientras se encontraba afectada por la ingesta de alcohol.

En ese punto el texto de las abogadas indica que «todas las testigos afirmaron que ella, esa noche, estaba muy borracha, muy ebria, más borracha que todas, se tambaleaba, vomitó en la pieza, le lavábamos la cara en el baño».

También consignan que «seis profesionales de la salud que la atendieron desde 2012 hasta 2021, pediatra, psicólogas y psiquiatra, afirmaron que padece estrés postraumático producto del abuso sexual» a pesar de lo cual «las juezas sostuvieron que ella consintió».

En el final del escrito, las abogadas aseguraron que apelarán la sentencia: «El 28 de marzo se conocerán los fundamentos. El 11 de abril presentaremos la impugnación ante el Superior Tribunal de Justicia», subrayaron.

También la fiscalía adelantó que apelará el fallo.

«María Bottini, integrante del equipo fiscal de juicio, manifestó su desacuerdo con el veredicto absolutorio y adelantó que impugnarán la sentencia», indicó hoy un comunicado del Ministerio Público Fiscal, en línea con lo que había informado el procurador general de la provincia este fin de semana.

«No estamos de acuerdo con el modo en que se interpretó la prueba, que lo fue sin perspectiva de género, sin la aplicación de los parámetros de la ley N° 26.485, la Convención de Belén do Pará y lo que establecen en consecuencia distintos fallos tanto nacionales como internacionales”, aseguró Bottini.

Por otra parte, el análisis que hizo la Fiscalía en relación al consentimiento y la influencia del estado de ebriedad, no fue seguido por el tribunal y acusan a las juezas de «haber adherido a los planteos de la defensa».

Fuentes del tribunal que presidió el juicio confirmaron que la sentencia «está en plena etapa de redacción» y lo que se difundió es un extracto que fija la postura absolutoria.

(Télam)

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