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Por unanimidad, se aprobó la Ley Justina

en Sociedad

La Cámara de Diputados le dio sanción definitiva al proyecto de «ley Justina», que dispone que todas las personas mayores de 18 años sean donantes de órganos o tejidos, salvo que en vida dejen constancia expresa de lo contrario.


 

Con 202 votos afirmativos, el proyecto está inspirado en el caso de Justina Lo Cane, una niña de 12 años que falleció en noviembre de 2017 en la Fundación Favaloro, esperando un trasplante de corazón. Esta iniciativa también fue aprobada por unanimidad en el Senado de la Nación.

Este cambio en la ley es determinante,  ya que implica que los familiares del fallecido ya no deberán autorizar la donación. «Podrá realizarse la ablación de órganos y/o tejidos a toda persona capaz mayor de 18 años que no haya dejado constancia expresa de oposición a que después de su muerte se realice la extracción de los mismos», detalla.

El proyecto, que propone una reforma de la Ley de Trasplante de Órganos, fue trabajado en conjunto con INCUCAI y está inspirado en el caso de Justina, también impondrá la obligación a los profesionales médicos de notificar al INCUCAI los tratamientos de diálisis que le realicen a un paciente, o cuando le indiquen la realización de un trasplante. Además, para asegurar la calidad de todo lo relativo a donación y trasplante, se destinará como mínimo un 20% de los recursos del Fondo Solidario de Trasplantes, para capacitación.

La ley, impulsada por el senador de Cambiemos Juan Carlos Marino, destaca los derechos de los donantes y receptores a la intimidad, la integridad, la confidencialidad, la información y el trato igualitario. También establece la prioridad de traslado en forma aérea o terrestre de los pacientes que están en el medio de un operativo de donación.

En el caso de los menores, se posibilita la obtención de la autorización para la ablación por los dos padres, o por aquel que se encuentre presente en el momento. Además, se simplificarían los procesos que requieren la intervención de la Justicia.

El proyecto resalta que se podrá realizar la ablación de órganos a toda persona mayor de 18 años que no haya dejado una constancia expresa de su oposición a la donación. También se incorporará la Donación Renal Cruzada. Respecto a los certificados de fallecimiento, se simplificarán los procesos para diagnosticar la muerte de la persona. Los médicos deberán seguir el protocolo establecido por el Ministerio de Salud de la Nación, asesorado por el INCUCAI, y se establecerá como hora del fallecimiento el momento en que se completó el diagnóstico de la muerte.

La ley propone que, tanto los hospitales públicos como los privados, deben contar con servicios especializados en la donación de órganos y al tratamiento del paciente. Se creará el Servicio de Procuración, formado al menos por un médico, que detectará potenciales donantes, informará a las familias y garantizará el proceso de donación. Además, se brindará la capacitación necesaria a los profesionales que formen parte del proceso de donación y trasplante.

Para finalizar, es para destacar que uno de los capítulos del proyecto está dedicado a los medios de comunicación, estableciendo pautas para el abordaje responsable de los temas vinculados a la donación y el trasplante de órganos.

 

 

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